Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de criterios con el que la ministra Lenia Batres estableció como base para el pago de indemnizaciones por muerte o incapacidad las UMAs en vez del salario mínimo.
Durante la sesión de este martes, por seis votos contra tres se resolvió que la UMA debe prevalecer como criterio por encima de los salarios mínimos para calcular reparaciones del daño por fallecimiento. La mayoría de ministros votaron a favor del proyecto de Lenia Batres.
A favor de fijar a la Unidad de Medida y Actualización como criterio único para cuantificar indemnizaciones por muerte votaron: Hugo Aguilar, Lenia Batres, Sara Herrerías, Estela Ríos, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero. En contra de que hubiera contradicción de criterios votaron Loretta Ortiz, Yasmin Esquivel e Irving Espinosa.
Esta decisión tendrá implicaciones inmediatas, pues de más de 1.5 millones que era el monto de pago por indemnización por muerte bajo el criterio de salarios mínimos, ahora no podrá rebasar los 585 mil pesos. La mayoría de ministros de la SCJN determinaron que debe prevalecer la Unidad de Medida y Actualización (UMA), como método de cuantificación de una indemnización civil por muerte de una persona.
La contradicción de criterios 59/2025 había sido pospuesta hasta en tres ocasiones por el pleno de la Corte. En noviembre pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum cuestionó el proyecto señalando que los ministros no legislan, sino que generan jurisprudencia.
La ministra Lenia Batres planteó que la extinta Segunda Sala asumió como base para calcular la indemnización era la UMA, mientras la Primera Sala sostuvo que debía utilizarse el salario mínimo para la determinación. La ministra María Estela Ríos afirmó estar a favor de la contradicción de criterios al señalar que subyace una misma cuestión jurídica.
Por su parte, la ministra Loretta Ortiz declaró no compartir el apartado de existencia, al considerar que el aparente punto de choque deriva de las diferencias normativas que cada Sala analizó. La ministra Yasmín Esquivel manifestó también que era inexistente la contradicción y el ministro Irving Espinosa también se pronunció por la inexistencia de la contradicción de criterios.
En el proyecto de la ministra Lenia Batres se indicó que “la cuantificación de la indemnización con base en la UMA no implica un menoscabo o retroceso en el derecho a la justa indemnización… además de que se atiende a la naturaleza de su carácter civil, en el entendido de que su fin último es reparar un daño patrimonial y no una cuestión de carácter laboral”.