Ciudad De México, 25 de junio de 2026.- La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció una prórroga para la vinculación de la Clave Única de Registro de Población (CURP) con las líneas telefónicas celulares, modificando la fecha límite original que estaba establecida para el 30 de junio de 2026.
La autoridad estableció un calendario escalonado para que los usuarios de líneas de prepago completen el trámite entre agosto y diciembre de 2026. La fecha límite asignada dependerá del último dígito del número telefónico. Para los números terminados en 0, el plazo vence el 15 de agosto; para el 1, el 31 de agosto; para el 2, el 15 de septiembre; para el 3, el 30 de septiembre; para el 4, el 15 de octubre; para el 5, el 31 de octubre; para el 6, el 15 de noviembre; para el 7, el 30 de noviembre; para el 8, el 15 de diciembre; y para el 9, el 31 de diciembre.
La CRT indicó que “las líneas de prepago que hasta ahora no se han vinculado tendrán una fecha límite asignada conforme al último dígito del número telefónico”. Una vez vencido el plazo correspondiente a cada dígito, las compañías telefónicas suspenderán el servicio de las líneas no vinculadas en las siguientes 72 horas. Durante dicha suspensión, las líneas solo podrán realizar llamadas a números de emergencia, de atención ciudadana y a su compañía telefónica, así como recibir alertas en caso de sismo. El servicio completo se restablecerá una vez que se realice la vinculación.
A la fecha del anuncio, ya se encuentran vinculadas 63 millones de líneas, de las cuales 40.2 millones son de prepago y 22.8 millones son de pospago. Se señaló que las líneas de pospago generalmente ya se encuentran asociadas a una persona desde su contratación y no requieren un nuevo trámite.
El trámite se lleva a cabo directamente ante las compañías telefónicas y no lo realiza el gobierno. Las compañías únicamente asocian el nombre y la CURP del usuario al número de celular, eliminando cualquier otro dato o imagen usado durante el proceso. En caso de que se cometa un delito que involucre el uso de una línea, las autoridades competentes pueden solicitar información a las compañías telefónicas, cumpliendo las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales.
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones explicó que “cada número telefónico debe estar a nombre de una persona, a fin de eliminar el anonimato que ha permitido que la delincuencia cometa delitos como fraude o extorsión”. Con esta medida, México se suma a una práctica vigente en 166 países donde la adquisición o activación de líneas telefónicas requiere algún mecanismo de identificación del usuario.