Por Redacción:

Ciudad de México, 16 de enero de 2026. Este viernes 16 de enero de 2026 entró en vigor la prohibición absoluta para la comercialización, fabricación, distribución, importación, exportación, almacenamiento con fines comerciales y publicidad de vapeadores, cigarrillos electrónicos y cualquier dispositivo o sistema análogo en todo el territorio nacional, tras la publicación del decreto de reforma a la Ley General de Salud en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de enero de 2026.

La medida, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum y aprobada por el Congreso de la Unión en diciembre de 2025, modifica diversos artículos de la ley para alinearlos con la reforma constitucional de enero de 2025 que elevó la prohibición a rango constitucional. El decreto define estos dispositivos como “todo sistema o aparato que se utilice para calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas (con o sin nicotina) susceptibles de ser inhaladas”, incluyendo los desechables, de un solo uso y aquellos sin nicotina declarada.

La prohibición abarca todos los actos de comercialización, publicidad o propaganda por cualquier medio (impreso, digital, televisivo, radial o electrónico), y establece sanciones penales de uno a ocho años de prisión y multas de 100 a 2,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para quienes incurran en estas conductas con fines de lucro. Las autoridades sanitarias, con auxilio de fuerzas de seguridad, podrán ejecutar medidas inmediatas, como decomisos y clausuras.

Las autorizaciones sanitarias previas otorgadas por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) quedaron sin efectos de manera inmediata, y los titulares deben cesar toda actividad relacionada. La norma no penaliza la posesión ni el consumo personal sin fines comerciales, pero sí busca erradicar el mercado ilegal y proteger la salud pública, especialmente de jóvenes y menores, al considerar estos productos un riesgo por sustancias tóxicas no declaradas.

La reforma forma parte de un paquete más amplio que incluye la formalización de la Salud Digital y otros ajustes sanitarios, pero el capítulo sobre vapeadores es el que genera mayor impacto inmediato. Expertos y organizaciones de salud celebran la medida como un avance en la protección contra adicciones emergentes, aunque algunos sectores comerciales advierten sobre el surgimiento de mercados negros. La Secretaría de Salud y Cofepris intensificarán verificaciones y campañas informativas para garantizar el cumplimiento en todo el país.

El decreto completo está disponible en el DOF del 15 de enero de 2026, y las autoridades llaman a la población a reportar cualquier venta ilegal a través de los canales oficiales. Con esta entrada en vigor, México refuerza su política de control de productos nocivos para la salud.

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